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Descubre cómo se eligen a los tres miembros del Consejo de la Magistratura

Descubre cómo se eligen a los tres miembros del Consejo de la Magistratura
El Consejo de la Magistratura es responsable del régimen disciplinario de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas. Además del control y fiscalización de su manejo administrativo y financiero; y de las políticas de su gestión. Está integrado por tres consejeros titulares e igual número de suplentes, que son electos mediante voto popular que se realiza en circunscripción nacional, es decir en toda Bolivia. Son electos los candidatos o candidatas que obtengan el mayor número de votos válidos. Para la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional que se desarrollará el 1 diciembre de 2024 se presentaron 20 candidatas y candidatos, de los cuales 10 son mujeres y 10 hombres y cuatro se auto identifican con alguna nación y pueblo indígena originario campesino. **N° Candidata/o Género Auto identificación** 1 GABRIELA PAULA ARAOZ LOPEZ F 2 MARISOL CAMARGO ESPADA F 3 PATRICIA FELISA CASTILLO SILES F 4 SELMA GABRIELA GUTIERREZ CRUZ F 5 LUDGARDA MARTINEZ BORJA F 6 CARMINIA ALEJANDRA MARTINEZ CUSICANQUI F 7 NATALY EMMA VARGAS VARGAS F 8 MARIA ANGELA ORDOÑEZ FLORES F A.I. 9 RUTH ISABEL ZEBALLOS SAAVEDRA F 10 DORA ESPADA PEREZ F 11 JUAN CARLOS ARELLANO PAZ M 12 FREDDY BARBOLIN PLANTARROSA M 13 MANUEL BAPTISTA ESPINOZA M 14 RAMIRO FROILAN CANEDO CHAVEZ M A.I. 15 ALDO ALEX CASTRO QUEVEDO M 16 ISIDRO LIMACHI AGUILAR M A.I. 17 GREGORIO MERLO CHURA M 18 JULIO JHONNY ROCHA JIMENEZ M A.I. 19 CARLOS SPENCER ARANCIBIA M 20 ZENON ZEPITA PEREZ M A partir del 17 de octubre los méritos de las candidatas y candidatos a esta instancia estarán publicada en la página web del Tribunal Supremo Electoral, www.oep.org.bo Constitucionalmente el Consejo de la Magistratura tiene nueve atribuciones: 1. Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley. 2. Ejercer el control disciplinario de las vocales y los vocales, juezas y jueces; y personal auxiliar y administrativo del Órgano Judicial. El ejercicio de esta facultad comprenderá la posibilidad de cesación del cargo por faltas disciplinarias gravísimas, expresamente establecidas en la ley. 3. Controlar y fiscalizar la administración económica financiera y todos los bienes del Órgano Judicial. 4. Evaluar el desempeño de funciones de las administradoras y los administradores de justicia, y del personal auxiliar. 5. Elaborar auditorías jurídicas y de gestión financiera. 6. Realizar estudios técnicos y estadísticos. 7. Preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia. 8. Designar, mediante concurso de méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción. 9. Designar a su personal administrativo Si quieres conocer más información sobre el Consejo de la Magistratura puedes consultar en la ley N° 025 de Organización del Órgano Judicial del 24 de junio de 2010.
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