Inicia el año judicial en Santa Cruz "de facto" con una única designación constitucional
En ausencia de un acto formal para marcar el inicio de las actividades judiciales en Santa Cruz, la designación de vocales constitucionales se convirtió en el punto de partida para lo que se denomina "de facto" el comienzo del año judicial.
La falta de protocolo y un informe de gestión departamental generaron reflexiones entre profesionales del área acerca del valor del Artículo 7 de la Constitución Política del Estado (CPE), que destaca la importancia del voto ciudadano en los poderes públicos.
Tras una sesión conjunta, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) completaron las designaciones de 13 vocales en materia constitucional para ocho departamentos del país, llenando así las vacantes que surgieron con el vencimiento del plazo de sus designaciones.
En el caso de Santa Cruz, solo se designó a un vocal, David Valda Terán, a pesar de que debían designarse dos. La decisión fue objeto de controversia y devolvió las listas al Consejo de la Magistratura, generando malestar entre los postulantes.
La Sala Plena conjunta se instaló de manera presencial y virtual, utilizando un mecanismo híbrido que suscitó críticas en medio de la gestión "autoprorrogada" de las autoridades, cuyos mandatos legales de seis años concluyeron el pasado 31 de diciembre.
Eduardo Rodríguez Veltzé, expresidente de Bolivia y expresidente del Tribunal Supremo de Justicia, cuestionó las decisiones de los magistrados, argumentando que todos los actos de exmagistrados son nulos después de finalizar su mandato conferido por el voto ciudadano.
El artículo 7 de la CPE, que establece que la soberanía reside en el pueblo boliviano, fue destacado por varios juristas en medio del escenario político actual, subrayando que los magistrados que han concluido su mandato ya no pueden ejercer ningún acto, ya que emanan del voto del pueblo y ese mandato ha expirado.