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Jubilados deberán autorizar descuentos voluntarios en sus rentas

Jubilados deberán autorizar descuentos voluntarios en sus rentas
El Decreto Supremo N.º 5654 establece que los descuentos por aportes voluntarios a los rentistas del Sistema de Reparto solo podrán efectuarse con la autorización expresa, individual, verificable y revocable del beneficiario, con el objetivo de fortalecer la protección de sus ingresos y garantizar que estos aportes respondan únicamente a una decisión libre. El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) informó que la nueva normativa refuerza la transparencia en la aplicación de descuentos y protege el derecho de los jubilados a decidir si desean o no realizar este tipo de aportes. El director general ejecutivo del Senasir, Alberto Bonadona, explicó que, a partir de la vigencia del decreto, ningún descuento por aportes voluntarios podrá realizarse sin el consentimiento del titular. Señaló que la autorización deberá ser individual, expresa, verificable y revocable, permitiendo que cada rentista pueda mantener o dejar sin efecto estos aportes cuando así lo decida. “Este Decreto Supremo fortalece la protección de los derechos de los rentistas y garantiza que toda autorización para realizar aportes voluntarios responda exclusivamente a la decisión libre e informada del beneficiario”, afirmó Bonadona. La institución aclaró que no recibirá ni gestionará las autorizaciones para este tipo de descuentos. En consecuencia, serán las federaciones, asociaciones, organizaciones sindicales u otras entidades que promuevan aportes voluntarios las responsables de implementar los mecanismos necesarios para obtener la autorización expresa de sus afiliados, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N.º 5654. El decreto también precisa que el Senasir únicamente podrá aplicar descuentos a las rentas de los jubilados por los conceptos establecidos en la normativa vigente, entre ellos descuentos derivados de convenios con entidades públicas del nivel central del Estado, recuperaciones a favor del Estado por cobros indebidos, retenciones judiciales por asistencia familiar y aportes a la seguridad social de corto plazo. Con esta disposición, se eliminan los descuentos automáticos por otros conceptos sin el consentimiento del beneficiario, fortaleciendo la protección de las rentas y el respeto a la voluntad de los jubilados. El Senasir recomendó a los beneficiarios informarse a través de sus canales oficiales sobre el alcance de esta nueva disposición y recordó que toda autorización para descuentos voluntarios deberá ser otorgada directamente por el titular.
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